Importante: los cálculos son orientativos y no sustituyen al criterio de tu asesor fiscal.
¿De dónde salen los números?
- Ingresos: la base imponible y el IVA repercutido de tus facturas emitidas.
- Gastos: la base y el IVA soportado de tus gastos. Los gastos marcados como bien de inversión no cuentan como gasto del periodo (ver más abajo).
Puedes pulsar el icono ⓘ de cada fila del cuadro para ver cómo se calcula esa cifra concreta.
IVA a liquidar (modelo 303)
IVA repercutido (el que cobras en tus facturas) menos IVA soportado deducible (el de tus compras y gastos). Si sale negativo, queda a compensar o a devolver.
Resultado
Base de ingresos − base de gastos − amortizaciones. Es el rendimiento del que parte el cálculo del IRPF.
IRPF — pago fraccionado (modelo 130)
Es una estimación: el 20 % del rendimiento neto acumulado del año, menos las retenciones soportadas y los pagos de trimestres anteriores. Si sale negativo, no se ingresa. No contempla reducciones, mínimos ni la casuística completa del modelo.
Bienes de inversión y amortización
Un bien de inversión (un ordenador, maquinaria, mobiliario…) no se deduce de golpe: su coste se reparte en el tiempo (amortización lineal, según el % que indiques, prorrateada por meses). Reciben dos tratamientos distintos:
- IRPF: la base no cuenta como gasto del periodo; lo que deduce es su amortización anual.
- IVA: su IVA sí se deduce al comprar, como en cualquier otra compra.
Para tratarlo así, marca el gasto como «Bien de inversión» en su ficha e indica el porcentaje de amortización (y, si procede, la fecha de baja).
Qué no contempla (de momento)
- Regularización del IVA de bienes de inversión (regla de prorrata).
- Tablas oficiales de amortización de la AEAT (el porcentaje lo indicas tú).
- Reducciones y mínimos del modelo 130, y el régimen de módulos.
- Libro registro de provisiones de fondos y suplidos.
